LICENCIA POR AMAMANTAMIENTO -PARA DOCENTES DEL NIVEL ESPECIAL.-

En lo que constituye un nuevo avance para las condiciones de trabajo docente, desde AMSAFE damos cuenta de una nueva conquista fruto de la paritaria para la ampliación del beneficio de la licencia por amamantamiento.

En un claro reconocimiento de los derechos de las madres trabajadoras de la educación y al reclamo histórico de esta entidad sindical, se firmó el pasado 1º de diciembre el Decreto N° 4192/16 –modificatorio del Dec. 4597/83- estableciendo que el descanso para amamantar alcanza a las compañeras de la “Modalidad Especial cuya jornada laboral sea de cuatro horas reloj”, que hasta el momento eran discriminadas por la normativa vigente.

El artículo 18 del “Reglamento de Licencias, Justificaciones, Franquicías y Examen de Aptitud Psicofísica para el Personal Docente y Auxiliar Docente dependiente del Ministerio de Educación» queda ahora con la siguiente redacción:

“Toda agente madre de lactante podrá disponer de un descanso de una hora para amamantar a su hijo, en el transcurso de la jornada de trabajo, y por un período no superior a un año posterior a la fecha del nacimiento, salvo que por razones médicas autorizadas por organismo oficial sea necesario que la madre amamante a su hijo por un lapso más prolongado.

En caso de parto múltiple se adicionará media hora más por cada hijo.

Estos descansos alcanzarán a las agentes cuya jomada de trabajo sea superior a las cuatro horas reloj, a las docentes de Nivel Inicial, y a aquellas de la Modalidad Especial cuya jornada laboral sea de cuatro horas reloj.

Se podrá hacer uso de esta franquicia al comenzar o al finalizar la jornada de trabajo, ingresando más tarde o retirándose antes.

Este beneficío será autorizado por el Superior inmediato de la agente».

ENLACE: DECRETO Nº 4192/16 (MODIF. DEC. 4597/83)